Por fin, y tras muchas temporadas solicitando al ministerio de agricultura estas ayudas, se ha conseguido modificar la Ley 8/2020 en la que se adoptan medidas especificas urgentes en el sector de la agricultura y alimentación incorporando, entre otras nuevas medidas, la que afecta para la inclusión a la actividad agraria a los jóvenes agricultores.

Dichas ayudas sobre la primera instalación de jóvenes agricultores, estando previstas en el Marco Nacional de Desarrollo Rural de España, podrán atribuirse en el IRPF pudiendo fraccionarlo hasta en cuatro en veces dentro del periodo impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes.

En los casos donde los jóvenes se incorporen como parte de una empresa agrícola societaria, dicha ayuda que se encuentre destinada a la adquisición de la parte capital correspondiente, se valorará como ganancia patrimonial, y podrá atribuirse del mismo modo para ser fraccionado hasta en cuatro en veces dentro del periodo impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes.

Gracias a esta reforma fiscal se pretende incentivar a los jóvenes agricultores, que anteriormente no tenían la opción de dividir los impuestos debiendo abonar la totalidad de los mismos en un primer momento, y de este modo podrán cumplir con sus obligaciones fiscales pero fraccionando hasta en cuatro años.

El equipo de Prodelesa

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Fuente: agronewscastillayleon.com